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Límites de velocidad. ¿Cuáles son los límites de velocidad en España?

 
 

 

Las normas de tráfico están en constante cambio, y de vez en cuando sufren ciertas modificaciones para adaptarse a las exigencias de la carretera para buscar la mayor seguridad posible al volante. En esta normativa, entran por supuesto los límites de velocidad en España, que se adaptan en función de los vehículos y las vías por las que circules.

¿Cuáles son los límites de velocidad para los turismos? ¿Cambian los límites en autopistas o autovías? ¿Las motos tienen las mismas restricciones de velocidad? ¿Y qué pasa con las caravanas? ¡Paso a paso!

Límites de velocidad en España

Los límites de velocidad en 2019 se vieron ligeramente modificados tras la entrada en vigor de nuevos límites para igualar las restricciones españolas al resto de Europa. Sin embargo, en 2020, volvíamos a encontrar una modificación de la normativa de la Ley de Tráfico para especificar nuevas consideraciones de los límites de velocidad.

La última regulación de la Ley de Tráfico viene establecida en el Real Decreto 970/2020 del 10 de noviembre de 2020, donde se incluyen algunos de los cambios fundamentales para tener en cuenta al volante. Los últimos límites de velocidad y especificaciones para determinados tipos de vehículos llegaban con esta nueva normativa, que afecta especialmente a las restricciones de velocidad en ciudad.

La DGT (Dirección General de Tráfico) ha estipulado un plazo de seis meses, hasta el 11 de mayo de 2021, para que las administraciones tengan tiempo de adaptar la señalización y para que los conductores conozcan la nueva normativa.

limites velocidad en españa

Para poder entender los límites de velocidad, hay que especificar por tipo de carretera y por tipo de vehículo. Las caravanas, por ejemplo, se deben ajustar a las velocidades de los camiones, mientras que los autobuses tienen sus propios límites. Vamos paso a paso.

Antes de continuar, es importante especificar una modificación que llegaba a España a finales de 2020. Se ha eliminado la opción de superar en 20 km/h el límite máximo de una carretera convencional para turismos y motos que adelanten. Hasta hace unos meses, al adelantar podías superar el límite de velocidad en 20 km/h siempre y cuando estuvieses adelantando, pero ahora hacerlo conllevará una multa de hasta 100€. 

Límites de velocidad por tipo de vehículo

Como hemos comentado, en función del tipo de vehículo que tengas, tendrás que atender a unos u otros límites de velocidad en carretera. Estos variarán también dependiendo de si estás circulando por autovía o autopista, carreteras convencionales o en vías sin pavimentar.

Límites de velocidad de turismos

Los turismos y las motos pueden circular hasta los 120 km/h en autovías y autopistas, 90 km/h en carreteras convencionales, 100 km/h en carreteras convencionales con separación física entre carriles y 30 km/h en vías sin pavimentar.

Límites de velocidad de autobuses

Los autobuses y vehículos adaptables no circulan a la misma velocidad que los turismos. Su límite es de 100 km/h en autovías y autopistas, 90 km/h en carreteras convencionales, 90 km/h en carreteras convencionales con separación física entre carriles y 30 km/h en vías sin pavimentar, coincidiendo este caso con motos y coches.

Límites de velocidad de camiones, furgonetas y caravanas

De la misma manera, los camiones, furgonetas y caravanas, así como transporte escolar, deben ceñirse a sus propios límites de velocidad en España. Esta es de 90 km/h en autovías y autopistas, 80 km/h en carreteras convencionales, 80 km/h en carreteras convencionales con separación física entre carriles y 30 km/h en vías sin pavimentar.

Límites de velocidad de bicicletas y ciclomotores

A la hora de mantener la seguridad vial en bicicleta, cumplir con los límites de velocidad es fundamental, de la misma manera que también es importante para ciclomotores. En este caso de ciclomotores, no se puede circular por autopistas y autovías, pero sí por el resto de vías. En carreteras convencionales, el límite de velocidad es de 45 km/h.

Las bicis deberán mantener este mismo límite de velocidad de 45 km/h en autovías siempre y cuando la bicicleta esté permitida en el reglamento. No todas las bicis pueden circular por carretera al no estar preparadas para ello, así que primero infórmate de si puedes pedalear con ella en carretera. Por ciudad, si no hay habilitado un carril bici, deberán regularse por las indicaciones marcadas por el Ayuntamiento en cada zona de la ciudad.

Límite de velocidad de patinetes

Los patinetes se han convertido en un tipo de vehículo más a tener en cuenta y también están regulados para mantener unos límites de velocidad en vías urbanas. La última regulación de la Ley de Tráfico impulsada a finales de 2020, indicaba las regulaciones de este tipo de vehículos junto a las bicicletas eléctricas.

El límite de velocidad para patinetes y bicis eléctricas es de 25 km/h, y para poder circular con ellos habrá que llevar un certificado de circulación específico que se puede solicitar en la DGT.

Límites de velocidad en ciudad

Si eres de los que se pasa el día entre el coche y la oficina y te toca conducir por ciudad, en 2021 debes tener en cuenta ciertas consideraciones que han entrado en vigor para las vías urbanas. Estas restricciones son comunes para todos los tipos de vehículos, así que en esta ocasión no tienes que centrarte en distintas cifras, si no seguir las pautas comunes.

En términos generales, el límite de velocidad máximo es de 50 km/h en las calles con más de un carril por sentido y el resto de las vías estará limitadas a 30 o 20 km/h.

  • En calles de un solo carril por sentido, el límite será de 30 km/h
  • En las calles donde la acera y la calzada estén a la misma altura (algo común en los últimos años en la gran mayoría de ciudades), el límite de velocidad será de 20 km/h.

limites velocidad en ciudad

Multas por superar límites de velocidad

Si te estás preguntando si te pueden poner multas de tráfico por sobrepasar los límites de velocidad en España, la respuesta es clara y concisa: sí. No solo por infringir la normativa, también porque estarás atentando contra la seguridad en carretera para ti y para el resto de conductores.

Hay distintos tipos de multas, en función de la vía por la que circules.

Multas por límites de velocidad en carretera

Como cada vehículo tiene estipuladas una serie de limitaciones máximas de velocidad, hemos destacado las multas de aquellas vías en las que se puede circular a 120 km/h, 100 km/h, 90 km/h y 80 km/h.

En autovías y autopistas para turismos, donde el límite máximo está establecido en 120 km/h, pueden sancionarte con distinta cuantía e inclusos puntos del carnet.

  • Entre 121 y 150 km/h: 100 euros sin puntos
  • Entre 151 y 170 km/h: 300 euros y 2 puntos
  • Entre 171 y 180 km/h: 400 euros y 4 puntos
  • Entre 181 y 190 km/h: 500 euros y 6 puntos
  • Superior a 191 km/h: 600 euros y 6 puntos

 

Para autovías y autopistas para autobuses y carreteras convencionales con separación de turismos, con una restricción de velocidad de 100 km/h,hay otras multas:

  • Entre 101 y 130 km/h: 100 euros sin puntos
  • Entre 131 y 150 km/h: 300 euros y 2 puntos
  • Entre 151 y 160 km/h: 400 euros y 4 puntos
  • Entre 161 y 170 km/h: 500 euros y 6 puntos
  • Superior a 171 km/h: 600 euros y 6 puntos

 

En el caso de ser autopistas y autovías para camiones, furgonetas y caravanas o carreteras convencionales sin separación para vehículos de peso inferior a 3.500 kg, el límite es de 90 km/h, y las multas están basadas en este límite:

  • Entre 91 y 120 km/h: 100 euros sin puntos
  • Entre 121 y 140 km/h: 300 euros y 2 puntos
  • Entre 141 y 150 km/h: 400 euros y 4 puntos
  • Entre 151 y 160 km/h: 500 euros y 6 puntos
  • Superior a 161 km/h: 600 euros y 6 puntos

 

Si hablamos de carreteras convencionales para camiones, donde no pueden superar los 80 km/h, el tipo de multa es diferente en función de la velocidad a la que estén circulando:

  • Entre 81 y 110 km/h: 100 euros sin puntos
  • Entre 110 y 130 km/h: 300 euros y 2 puntos
  • Entre 131 y 140 km/h: 400 euros y 4 puntos
  • Entre 141 y 150 km/h: 500 euros y 6 puntos
  • Superior a 151 km/h: 600 euros y 6 puntos

 limites velocidad multa

Multas de límites de velocidad en ciudad

Estas multas son las más recientes, y su cuantía dependerá de la velocidad a la que vayas.

En las vías donde el límite es de 30km/h, estas son las multas por circular por encima de esa restricción:

  • Entre 31 y 50 km/h: 100 euros sin puntos
  • Entre 51 y 60 km/h: 300 euros y 2 puntos
  • Entre 61 y 70 km/h: 400 euros y 4 puntos
  • Entre 71 y 80 km/h: 500 euros y 6 puntos
  • Superior a 81 km/h: 600 euros y 6 puntos

 

En las calles con límite de 20 km/h, la multa de tráfico varía por esta reducción de la velocidad obligada:

  • Entre 21 y 40 km/h: 100 euros sin puntos
  • Entre 41 y 50 km/h: 300 euros y 2 puntos
  • Entre 51 y 60 km/h: 400 euros y 4 puntos
  • Entre 61 y 70 km/h: 500 euros y 6 puntos
  • Superior a 71 km/h: 600 euros y 6 puntos

 

Para evitar sustos innecesarios y tristeza para tu bolsillo, te aconsejamos tener siempre un ojo puesto en las señales de tráfico que marcan los límites de velocidad y controlar que no los superas. Levanta el pie del acelerador y no tengas prisa: tu destino no se va a mover y acabarás llegando tan solo unos minutos después.

Velocidad mínima permitida

De la misma manera que existe una limitación para la velocidad máxima, también lo existe para la velocidad mínima permitida. La velocidad mínima permitida es aquella a la que se debe circular en los distintos tipos de vía para evitar entorpecer la circulación y se rige en función del tipo de vía y el tipo de vehículo, de la misma manera que los límites de velocidad.

Conducir por debajo de esta velocidad mínima, también está sancionado con una multa de tráfico que puede ascender hasta los 200€, ¡así que ojo!

Velocidad mínima en carreteras convencionales

En las carreteras convencionales, la velocidad mínima permitida es la mitad de la velocidad máxima de cada vehículo.

Será de 45 km/h para turismos y autobuses hasta 2.500 kg de MMA. Los camiones y autocaravanas de más de 3.500 kg deberán circular por encima de los 40 km/h, y los vehículos especiales y cuadriciclos por encima de 35 km/h.

Para bicicletas, ciclomotores y vehículos agrícolas, no hay una velocidad mínima permitida, pero estaos vehículos deben circular siempre por el arcén.

Velocidad mínima en autopistas y autovías

Será de 60 km/h sin importar el tipo de vehículo. Por debajo de esta velocidad se considera que el conductor está entorpeciendo al resto de vehículos.

Eso sí, en todo momento hay que comprobar el estado de la carretera, porque puede darse el caso, por ejemplo, al conducir con nieve, de que tengas que reducir la velocidad para garantizar tu seguridad.

Velocidad mínima en ciudad

De la misma manera que en autopistas y autovías, la velocidad mínima en ciudad se ajustará a la velocidad máxima de cada vehículo. Este límite “por lo bajo” será la mitad de la velocidad máxima.

Cuando la velocidad máxima permitida sea de 50km/h, la mínima será de 25 km/h. En el caso del límite de 30 km/h, la velocidad mínima permitida será de 15 km/h y cuando no puedas rebasar los 20 km/h, tendrás que circular entre 10 y 20 kim/h.

 

De la misma manera no olvides mantener la distancia mínima de seguridad con el vehículo de delante para que, si pierdes el control del volante o el vehículo de delante tiene un desliz en la carretera, tengas tiempo suficiente para frenar sin problemas. Tu seguridad, y la del resto de conductores, te lo agradecerá, te lo garantizamos.

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